Son los prés­ta­mos aval­a­dos por los ahor­ros y/o aporta­ciones que ten­ga el socio solic­i­tante.

Su mon­to no debe exced­er el 90% del mon­to de sus ahor­ros más el 75% de sus aporta­ciones de cap­i­tal. Estos se otor­garán con la sola fir­ma del socio.

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