Seguro de vida

COOPOL otorga una prestación en dinero a los familiares directos de los afiliados que fallese, a falta de una de esto se regirá con lo establecido en la ley en le aspecto sucesoral.

La fuente de  financiamiento para cubrir el seguro de vida policial, proviene de los descuentos que se aplican a los sueldos de los afiliados de la Cooperativa de ahorros, crédito y servicios múltiples de los miembros de la Policía Nacional, consiste en 0.40 del sueldo base y de las reservas técnicas existentes, producto de las operaciones ordinarias y es un seguro a una prima colectiva.

 

Nota:

El acto de notoriedad  debe elaborarse  con los siguientes  datos:

•          Jurisdicción Notario Público conjunto con domicilio del fallecido/a ley 140-15 art. 19.

•          Nombre fallecido(a)

•          Fecha de fallecimiento

•          Número de cédula del fallecido

•          Estado civil del fallecido, no se encontraba casado a la hora de su muerte.

•          Número de hijos.

•          Hacer constar que el policía  no tenía otros  hijos, ni legítimos, naturales o adoptivos solos los mencionados en el acto anteriormente.

Requisitos para los planes

Conyugues

Fallecimiento del Policía (sin hijos)

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Requisitos

  • a) Actas de nacimiento INEXTENSA de los hijos (Certificadas y legalizadas).
  • b) Acta de defunción INEXTENSA (Certificada y legalizada).
  • c) Acta de Matrimonio, INEXTENSA (Certificada y Legalizada).
  • d) Fotocopia de la cedula de los beneficiarios y del fallecido.
  • e) Constancia de Recursos Humanos, P.N.
  • f) Hacer Acto de Notoriedad de Determinación de Herederos Firmado por 7 testigos (no familiar) debidamente registrado por el ayuntamiento correspondiente (TRAER COPIA DEL ACTO), anexar Compulsa notarial legalizada en la procuraduría y fotocopia de cédulas de los testigos.
  • g) Certificación o Boucher cuenta de ahorros del Banco de Reservas.
Familiares directos.

Fallecimiento del Policía (con hijos)

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Requisitos.

  • a) Acta de nacimiento INEXTENSA del policía (Certificada y legalizada).
  • b) Acta de defunción INEXTENSA (Certificada y legalizada).
  • c) Fotocopia de la cedula de los beneficiarios y del fallecido.
  • d) Constancia de la Dirección Central de Recursos Humanos, P.N.
  • e) Actas de nacimiento INEXTENSAS de los hermanos del Policía, (certificadas y legalizadas.
  • f) Hacer Acto de Notoriedad de Determinación de Herederos Firmado por 7 testigos (no familiar) debidamente registrado por el ayuntamiento correspondiente (traer copia del acto donde firman los testigos), anexar Compulsa notarial legalizada en la procuraduría y fotocopia de cédulas de los testigos.
  • g) Certificación o Boucher de cuenta de ahorros del Banco de Reservas.
  • En caso de que el extinto agente policial haya contraído matrimonio, anexar acta inextensa de matrimonio debidamente certificada y legalizada, con la fotocopia de cedula del/la cónyuge.
Tablas

Plan de seguro de vida

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Definición.

  • Compensación igual a un (1) sueldo por cada año laborado en la institución policial, a partir de los 4 años en servicio activo, cuando se produce el fallecimiento de un miembro policial se les entregará a los familiares directos según lo establecido en la Ley en el aspecto sucesoral.